En un auto, que forma parte del sumario del caso Negreira al que ha tenido acceso LD, el instructor autorizó la entrada y registro de la sede del CTA. El titular del Juzgado de Instrucción nº 1 de Barcelona, Joaquín Aguirre, investiga a los otros dos vicepresidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA) durante la etapa de José María Enríquez Negreira y la presidencia de Victoriano Sánchez Arminio: Óscar Medín Prego y Ángel Franco Martínez. El Negreirato cada vez tiene las horas contadas.
“Se autoriza de manera particular el acceso, búsqueda, análisis y volcado/copiado “in-situ” de toda la información disponible vinculada a las siguientes personas que, si bien no mantienen relación laboral en la actualidad con el CTA, sí estuvieron vinculados profesionalmente al Comité durante el periodo investigado: VICTORIANO SÁNCHEZ ARMINIO, ocupó el cargo de Presidente del CTA; JOSÉ MARÍA ENRÍQUEZ NEGREIRA, ocupó el cargo de Vicepresidente del CTA; JOSE ÓSCAR MEDÍN PREGO, ocupó el cargo de Vicepresidente del CTA; ÁNGEL FRANCO MARTÍNEZ, ocupó el cargo de Vicepresidente del CTA; y JAVIER ENRÍQUEZ ROMERO, mantuvo relación contractual con CTA. De esta forma, toda la cúpula del CTA que presidía el fallecido Sánchez Arminio se encuentra ya en el punto de mira del instructor”.
Relata el auto
El auto que desvela todo el Negreirato
En un auto de 4 páginas con fecha 27 de septiembre, que forma parte del sumario del caso Negreira al que ha tenido acceso Libertad Digital, el instructor autorizó la entrada y registro de la sede del Comité Técnico de Árbitros de la Federación Española en la Ciudad del Futbol de Las Rozas de Madrid, que se produjo al día siguiente para recabar diversos documentos arbitrales relacionados con la causa.
“Respecto a los mismas, interesa toda la información que pueda conservarse en carpetas, archivos o cualquier otra ubicación informática vinculada a cada una de ellas y que pudiera guardar relación con los hechos investigados. Igualmente, interesa el contenido íntegro existente en las cuentas de correo electrónico corporativo/profesional que estas personas tuvieran asignado durante el ejercicio de sus funciones en el CTA, autorizándose expresamente al acceso, visionado y descarga de cuantas comunicaciones privadas, tanto en estado leídas como no leídas, se conserven en los discos duros, servidores o repositorios destinados a la gestión y almacenamiento de todos los datos asociados a las mencionadas cuentas de correo electrónico corporativo, así como los servicios asociados a las mismas. En este sentido, como quiera que las cuentas asociadas las personas reseñadas pueden no encontrarse activas, interesa la copia de respaldo o ‘backup’ que en relación a éstas pueda conservarse“.
añade el auto